Nueva ley establece que los empleados con régimen presencial o semipresencial deben estar cubiertos ante contagio. También fuerza la creación de protocolos sanitarios.
Un año después de que se comenzara a discutir las condiciones en que los trabajadores podrán retomar el trabajo presencial en medio de la pandemia, esta semana entró en vigencia la ley de Retorno Seguro que, entre otras normas, establece la obligación de que las empresas contraten seguros por el covid a todos sus empleados.
Así lo informó ayer el Ministerio del Trabajo, desde donde precisaron que la cobertura individual es obligatoria para cada empleado que labure en régimen presencial, ya sea total o parcial.
El seguro cubrirá gastos médicos ante un contagio, para financiar o reembolsar costos de hospitalización y rehabilitación. Asimismo, se incluye una indemnización en caso de fallecimiento natural del asegurado con o por contagio del virus. Los empleadores que no contraten el seguro tendrán sanciones y deberán pagar los gastos.
La nueva ley también contempla que los organismos administradores del seguro de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales elaboren un protocolo para sus empresas adheridas. El ministro Patricio Melero advirtió que las empresas que no cuenten con un protocolo covid “no podrán retomar o iniciar la actividad laboral de carácter presencial”.
Asimismo, se estableció que se deberá ofrecer la opción de teletrabajo a trabajadores de alto riesgo, como los mayores de 60 años, hipertensos, enfermos cardiovasculares; con cáncer; y trasplantados que continúan con medicamentos de inmunosupresión; entre otros. Misma regla se aplicará para quienes tengan bajo su cuidado a un menor de edad, adulto mayor o persona con discapacidad. Si su labor no se puede hacer remota, deberán ser destinados a áreas sin atención a público.
“Con este seguro y las medidas adicionales damos un paso más extenso en la protección de los trabajadores frente al covid en su retorno al trabajo”, destacó Melero.
Protección del empleo
En la jornada se anunció la extensión hasta septiembre de Ley de Protección del Empleo, que permite la suspensión de trabajadores. Esto abre 3 giros adicionales con cargo al Fondo de Cesantía Solidario del Seguro de Cesantía.